Tipos de contratos

tipos de contrato

Existen cuatro tipos de contratos en función de su objetivo, que son: contratos de trabajo, contratos de compraventa, contratos de alquiler y contratos de servicios. Sin embargo, en este post veremos en profundidad los contratos de trabajo. Existen diferentes tipos de trabajo, en función de la temporalidad o duración del trabajo o según el objetivo de la relación laboral. Existen 8 tipos de contratos de trabajo, que detallamos a continuación:

Tipos de contratos que existen

 

Tipos de contratos de trabajo: Indefinidos o Temporales

Hay dos grandes grupos de contratos de trabajo laborales: Los contratos de trabajo indefinidos y los contratos de trabajo laborales. Estos últimos se dividen, además, por el objetivo laboral por el cual se realizan. En muchas compañías se estilan más los contratos temporales, sin embargo, en algunos tipos de empresa se tiene un alto porcentaje de empleados con contratos indefinidos. Vamos a ver en profundidad en qué consisten:

Contrato Indefinido

contratos indefinidos
Los contratos indefinidos otorgan una gran seguridad a nivel laboral

La principal característica de este tipo de contratos es que no hay un límite temporal para la finalización del mismo. En el caso de que el empresario quiera poner fin al contrato laboral indefinido, deberá indemnizar al trabajador afectado. Que el contrato sea indefinido supone una mayor estabilidad laborar para el trabajador.

Formas de realización del contrato indefinido: puede realizarse mediante pacto verbal o de forma escrita, aunque siempre es recomendable que este tipo de contratos se formalice por escrito.

Ventajas del contrato indefinido: Este tipo de contrato supone numerosas ventajas tanto para el trabajador como para el empresario. Para el trabajador, la principal ventajas de este tipo de contrato laboral es la estabilidad que aporta un contrato indefinido. Mientras que para el empleador, realizar un contrato indefinido supone la posibilidad de beneficiarse de algunos tipos de ayudas, subvenciones o deducciones de orden fiscal dependiendo de la persona contratada.

Importante: El contrato de trabajo pasará a ser indefinido de forma automática cuando el trabajador supere los 2 años de relación laboral consecutivos con la empresa en la que se encuentre trabajando. Excepto en los contratos de internidad, de relevo o contratos formativos, casos en los que los contratos no se harán indefinidos automáticamente pasado el período de 2 años.

Contrato Temporal

contratos temporales

El contrato temporal supone el pacto entre el trabajador y el empresario en el que se estipula la prestación de servicios del trabajador por un período de tiempo concreto y fijado en el mismo.

En su mayoría, los contratos de trabajo temporales deberán ser realizados por escrito, excepto algún contrato, en el que puede darse el caso de pactarse de forma verbal. En este tipo de contratos existe la posibilidad de prorrogar el contrato por otro período de tiempo temporal. Aunque, en el caso de superar los 2 años de contratos temporales consecutivos, se hará contrato indefinido de forma automática (excepto en los casos que hemos visto anteriormente).

Existen varios tipos de contratos de trabajo temporales, los más comunes son los siguientes:

Por Obra o Servicio

Se conoce como contrato por obra y servicios todos aquellos que tienen un inicio y un final determinados, aunque la fecha del final es incierta porque se halla circunscrita a la finalización de la obra o servicios contratados.

Contrato Eventual

El contrato eventual es el contrato temporal más realizado en la actualidad. Este tipo de contrato se emplea cuando una empresa precisa de trabajadores de forma temporal por causas imprevistas o por temporadas altas, es decir, en situaciones en las que se necesita un mayor número de trabajadores. Estos contratos suelen tener un período de duración de 6 meses.

De Interinidad

Son contratos de interinidad todos los que tienen como objetivo la cobertura o sustitución de forma temporal de un puesto vacante. La duración del contrato puede ser muy variable, ya que la duración se determina en función de la ausencia del trabajador a sustituir. Estos contratos suelen realizarse ante bajas laborales de los trabajadores, o períodos vacacionales o durante un proceso de selección (como unas oposiciones, por ejemplo) para cubrir dicha vacante.

De Relevo

Los contratos  de relevo se realizan en ocasiones específicas en las que se necesita sustituir a una persona dentro de una empresa, la cual tiene una reducción de jornada a causa de la conocida como jubilación parcial. Este contrato se realiza para cubrir el período de tiempo que ha dejado de trabajar el empleado que se encuentra en una situación de jubilación parcial.

Contrato de Formación y Aprendizaje

Estos contratos solo se pueden realizar a jóvenes de entre 16 y 30 años, aunque no podrá realizarse a mayores de 25 años si la tasa del paro baja del 15%. Este tipo de contratos surge con el objetivo de coadyuvar e impulsar la inserción laboral, permitiendo alternar entre el trabajo y la formación, consiguiendo que los trabajadores ejerzan su actividad con una mayor preparación.

Este tipo de contratos tiene un límite temporal, no pudiendo prorrogarse más allá de los 3 años. Una vez finalizado este período, se podrá optar por realizar un contrato indefinido (aunque no es obligatorio). Este contrato también tiene un límite salarial, no pudiendo ser menor que el salario mínimo interprofesional.

Contrato de Prácticas

contratos de prácticas

Tiene el objetivo de ofrecer formación y el salario no puede ser inferior al 75% del sueldo del que recibe un trabajador en el mismo puesto. Tiene un objetivo similar al tipo de contrato de formación, que es ofrecer una formación profesional con la pretensión de que el trabajador ejerza su función con mayor profesionalidad y eficacia.

Este tipo de contratos se vincula a una formación muy concreta, que ayudará a obtener experiencia en un sector determinado a la vez que se mejora la comprensión de la actividad que se está realizando.

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