Tipos de IVA

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El IVA, o el impuesto sobre el valor añadido, es el impuesto más conocido de todos y se caracteriza por gravar el consumo, afectando a todos los ciudadanos con independencia de su salario o renta. Por este motivo, podemos decir que es un impuesto indirecto.

Pero, ¿cuántos tipos de IVA existen?

Existen 3 tipos de IVA

El IVA general, un 21%

Es de un 21% y se aplica a todos los productos y servicios excepto los que se encuentran regulados por los otros dos tipos de IVA. Podemos considerar el IVA general como el impuesto sobre el valor añadido básico o por defecto. Y más con la última reforma, que subió algunos servicios y productos más hasta ese porcentaje. Se incluyen dentro de este impuesto: peluquerías, gimnasios, bares y restaurantes (hostelería en general), aparatos médicos, sanitarios y quirúrgicos, fontanería, tabaco, ropa y calzado, gasolina…

El IVA reducido, el 10%

Es de un 10% y afecta a algunos alimentos, a eventos deportivos, transporte, el agua (tanto de consumo como de regadío), árboles y arbustos y plantas…

El IVA superreducido, un 4%

Es de un 4% y es de aplicación únicamente a los artículos de primera necesidad como la leche, pan, huevos, cereales, frutas, verduras, medicamentos…

¿Qué productos cambiaron de IVA con la última reforma?

Debido a la coyuntura social, se realizó una reforma del Impuesto general sobre el valor añadido en la que muchos de los productos y servicios sufrieron subidas en su tasa de IVA. Estos son los productos y servicios que más subieron:

  • Educación: excepto libros, libretas y algunos lápices, todo lo relativo al material escolar subió del 4 al 21% de IVA.
  • Peluquerías: Las peluquerías fueron uno de los servicios que más sufrieron esta subida, pasando del 8 al 21% del impuesto en cuestión.
  • Películas: Seguramente habrás oído quejas durante todos estos años por parte del gremio de actores y cineastas hacia el gobierno, y no es de extrañar, pues subieron los tipos de IVA de las salas de cine desde un reducido 8 por ciento, hasta el tipo general del 21%.
  • Gimnasios: Los gimnasios también sufrieron un buen aumento desde el tipo reducido, que en aquel momento era de un 8% hasta el actual tipo general.
  • Veterinaria: Y es que si tener una mascota era caro per sé, con la última actualización del IVA del tipo reducido la aumentaron al tipo general del 21% y se quedaron tan ‘panchos’.
  • Servicios de sanidad: excepto algunos servicios sanitarios básicos, es decir, los dedicados a diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades, el resto de servicios pasaron a ser gravados por el IVA general y subieron al 21% servicios como:  fisioterapeutas, nutricionistas, servicios dermocosmética y depilació e, incluso, cirugía estética.
  • Productos considerados como sanitarios: Excepto los productos básicos, como las gafas, prótesis o muletas, todos los demás productos sanitarios pasaron a estar gravados con el IVA reducido a subir al IVA general del 21%.

Estos son los tipos de IVA existentes en la península ibérica y baleares, pero ¿qué pasa con las Islas Canarias?

El IGIC, el impuesto general indirecto canario

Puede que hayas escuchado que en las Canarias no existe el IVA, pero nada más lejos de la realidad: El IGIC es el IVA canario. Funciona prácticamente de forma similar al IVA, ya que también es un impuesto del estado de naturaleza indirecta. Aunque los tipos de IGIC son bien diferentes, como veremos a continuación.

¿Qué tipos de IGIC existen?

Tipo 0: es el tipo que se aplica a algunos productos de primera necesidad como, por ejemplo, las entregas de agua, medicamentos o libros y revistas sin contenido publicitario. Es decir, abarca todas las entregas de bienes y servicios que se mencionan en el artículo 27.1 apartado 1º de la Ley 20/1991

Tipo reducido: se aplica a las entregas o importaciones de los sectores e industrias que se reflejan en el Anexo I de la Ley 20/1991, es decir,productos que se utilizan para corregir deficiencias físicas, como gafas o lentillas y una gran variedad de productos sanitarios siempre que se utilicen con el fin de tratar, prevenir, aliviar, diagnosticar o curar enfermedades.

Tipo general: se encuadran en el tipo general todos los productos que no encajan ni en el tipo 0, ni en el tipo reducido ni en el tipo incrementado, que veremos a continuación.

Tipos incrementados: existen dos tipos incrementados, uno de 9,5% que grava las operaciones relativas al traspaso de bienes como automóviles, motos, barcos y a algunos tipos de ejecuciones de obras mobiliarias y el otro del 13,5%, que es aplicable a los cigarros puros que tengan un valor superior a 1,8 euros por unidad y a bebidas como aguardiente, por ejemplo.

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